Los planes de autoprotección deben ser documentos que reflejen la realidad de unas instalaciones y la organización que debe responder ante una situación de emergencia.
La entrada en vigor el 25 de marzo del Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo de 2007, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia, obliga a determinadas entidades a realizar los Planes de Autoprotección con unos contenidos mínimos que modifican y amplían la estructura de los Planes realizados hasta ahora.
Esta Norma hace especial énfasis en la integración de los Planes de Autoprotección con los de ámbito superior (Planes de Protección Civil) y especifica que los Planes de Autoprotección deben estar realizados por un técnico competente.
El objetivo radica en prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y los bienes, dar respuesta adecuada a las posibles situaciones de emergencia y garantizar la integración de estas actuaciones son el sistema público de protección civil.
Resultado: Cumplimiento de la normativa legal y garantía de una intervención eficaz e inmediata por parte del personal y las ayudas exteriores, en el caso de una emergencia. No dude en consultarnos.